Cómo organizar la custodia en vacaciones escolares: claves legales y conflictos frecuentes

Custodia en vacaciones escolares

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¿Llegan las vacaciones y no sabes cómo repartir el tiempo con tus hijos? Muchas familias separadas se enfrentan cada año a desacuerdos sobre cómo organizar la custodia en vacaciones escolares. ¿Quién decide? ¿Se divide por mitades? ¿Qué pasa si no hay acuerdo? Este artículo resuelve esas preguntas.

Si tienes custodia compartida o exclusiva y no sabes cómo gestionar legalmente las vacaciones de verano, Navidad o Semana Santa, aquí encontrarás respuestas claras, consejos legales y herramientas prácticas para evitar conflictos y proteger el bienestar de tus hijos.

Custodia en vacaciones escolares: ¿qué dice la ley?

El Código Civil español no establece una norma única sobre cómo dividir las vacaciones. En su lugar, lo deja a lo que las partes acuerden o, en su defecto, a lo que el juez decida atendiendo al interés del menor (art. 92 y ss. del Código Civil).

Por lo tanto, la organización de las vacaciones escolares debe quedar reflejada en el convenio regulador o en la sentencia de medidas si no hay acuerdo.

Lo más habitual es:

  • Dividir las vacaciones de verano en dos quincenas o mitades mensuales.
  • Alternar años pares/impares para elegir primero.
  • Repartir vacaciones de Navidad y Semana Santa por semanas.
  • Ajustar los periodos a los calendarios escolares y laborales de los progenitores.

Custodia en vacaciones escolares: tipos de custodia y efectos

Custodia compartida

Cuando ambos progenitores comparten la custodia, las vacaciones se reparten equitativamente, con independencia del régimen de semanas alternas o rotación habitual.

Custodia exclusiva

En caso de custodia exclusiva, el progenitor no custodio tiene un derecho de visitas ampliado en vacaciones, que debe quedar regulado. Por ejemplo, puede tener a los hijos durante la mitad de las vacaciones escolares.

Te lo explicamos en detalle en nuestro artículo sobre custodia compartida y mediación extrajudicial.

Claves legales sobre la custodia en vacaciones escolares para evitar conflictos

1. Convenio regulador claro y detallado

El convenio debe especificar:

  • Fechas concretas de inicio y fin de cada periodo vacacional.
  • Horario y lugar de entrega y recogida.
  • Mecanismos de desempate en caso de desacuerdo.

2. Comunicación anticipada

Recomendable avisar con al menos 30 días de antelación los planes de vacaciones. Esto permite reorganizar agendas y evitar malentendidos.

3. Respeto a lo pactado y flexibilidad

Salvo acuerdo mutuo, deben respetarse los términos establecidos. Sin embargo, una actitud flexible favorece el bienestar de los hijos.

4. Prioridad del interés del menor

Siempre debe primar el interés del menor sobre la comodidad de los adultos. El juez valorará este principio en cualquier conflicto (art. 39 CE y art. 2 LO 1/1996 de protección jurídica del menor).

¿Qué hacer si no hay acuerdo sobre la custodia en vacaciones escolares?

1. Acudir a la mediación familiar

Es una vía voluntaria y efectiva para resolver desacuerdos. Permite llegar a acuerdos sin necesidad de juicio, con ayuda de un profesional neutral.

2. Solicitar medidas judiciales

Si no hay acuerdo, cualquiera de los progenitores puede solicitar al juez que resuelva la organización de las vacaciones mediante un procedimiento de jurisdicción voluntaria (art. 158 del Código Civil).

3. Denunciar el incumplimiento

Si uno de los progenitores incumple lo pactado o dictado judicialmente, puede incurrir en responsabilidad civil o incluso penal en caso de sustracción de menores (art. 225 bis del Código Penal).

Preguntas frecuentes sobre la custodia en vacaciones escolares

¿Las vacaciones interrumpen el régimen de visitas?

Sí. Durante las vacaciones escolares, se aplica el reparto específico pactado para esos periodos, no el régimen ordinario de visitas.

¿Puedo viajar con mi hijo al extranjero durante las vacaciones?

Depende. Si no hay autorización judicial o del otro progenitor, no puedes salir del país con el menor. Se recomienda pactarlo previamente por escrito.

¿Qué pasa si no recoges al menor el día acordado?

El otro progenitor puede considerar que has renunciado a tu periodo vacacional. También se puede denunciar el incumplimiento reiterado.

¿Se puede modificar el reparto de vacaciones?

Sí, pero solo si hay mutuo acuerdo o una causa relevante que justifique un cambio judicial. Requiere nuevo procedimiento o modificación de medidas.

¿Qué pasa si el calendario escolar cambia?

Se debe ajustar automáticamente a las fechas del nuevo curso escolar, salvo que el convenio diga lo contrario.

¿Necesitas ayuda para organizar la custodia en vacaciones escolares?

En Ampuero Blanco Abogados te ayudamos a resolver cualquier conflicto relacionado con la custodia y vacaciones. Podemos revisar tu convenio regulador, mediar entre progenitores o representarte judicialmente si es necesario.

También puede interesarte nuestro artículo sobre custodia de menores, guía completa para proteger a tu familia.

Fuentes legales

Ampuero Blanco Abogados
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