Cómo cancelar antecedentes policiales: requisitos, solicitud y diferencia con los antecedentes penales

Cómo cancelar antecedentes policiales y solicitar la supresión de datos

Índice

Saber cómo cancelar antecedentes policiales es importante si en el pasado fuiste detenido, identificado o estuviste relacionado con unas diligencias policiales y quieres comprobar qué datos siguen constando. Jurídicamente, el término más preciso no es “cancelación”, sino supresión de antecedentes policiales. El procedimiento depende además de qué cuerpo policial gestione los datos. En esta guía explicamos cómo consultarlos, qué documentación puede ser necesaria y por qué no deben confundirse con los antecedentes penales.

Qué significa cancelar antecedentes policiales

Cuando hablamos de cancelar antecedentes policiales, nos referimos en realidad a solicitar la supresión de determinados datos personales que constan en ficheros policiales.

Estos datos pueden proceder de actuaciones policiales relacionadas con hechos investigados penalmente o, en determinados casos, con actuaciones administrativas.

Esto es importante porque un antecedente policial no equivale a una condena.

Una persona puede haber estado relacionada con unas diligencias policiales y que después el procedimiento haya sido archivado, haya terminado con una absolución o haya tenido otra resolución.

La Ley Orgánica 7/2021, de protección de datos tratados para fines penales, regula los derechos que pueden ejercerse sobre estos datos.

En concreto, el artículo 23 de la Ley Orgánica 7/2021 regula los derechos de rectificación, supresión y limitación del tratamiento.

Antecedentes policiales y antecedentes penales no son lo mismo

Esta es probablemente la distinción más importante de todo el artículo.

Los antecedentes policiales están relacionados con información tratada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el desarrollo de sus funciones.

Los antecedentes penales, en cambio, derivan de una condena penal firme y su cancelación se rige por otras normas.

Por ejemplo, una denuncia puede dar lugar a diligencias policiales sin que exista finalmente una condena penal.

Si tu duda es precisamente esa, puedes consultar nuestra guía sobre si una denuncia genera antecedentes penales o policiales.

La cancelación de antecedentes penales está regulada fundamentalmente en el artículo 136 del Código Penal, que establece diferentes plazos en función de la pena impuesta y exige haber extinguido la responsabilidad penal y transcurrido el periodo correspondiente sin volver a delinquir.

Por eso, cancelar antecedentes policiales y cancelar antecedentes penales son dos trámites diferentes.

Si lo que quieres eliminar son antecedentes derivados de una condena, puedes consultar nuestra guía específica sobre cancelación de antecedentes penales.

Cómo saber si tienes antecedentes policiales

Antes de solicitar una supresión puede surgir una duda lógica: ¿cómo sé qué datos tiene la Policía sobre mí?

Existe un derecho de acceso.

El artículo 22 de la Ley Orgánica 7/2021 reconoce el derecho del interesado a obtener confirmación sobre si se están tratando datos personales que le conciernen y, cuando proceda, acceder a determinada información sobre ellos.

Policía Nacional y Guardia Civil disponen de procedimientos específicos para ejercer este derecho.

No obstante, acceso y supresión son derechos independientes. Es decir, no siempre es necesario pedir primero el acceso para poder solicitar después la supresión.

Puede tener sentido solicitarlo previamente cuando no recuerdas exactamente qué actuación policial consta, en qué fecha se produjo o qué cuerpo intervino.

Cómo cancelar antecedentes policiales de la Policía Nacional

En el ámbito de Policía Nacional, los datos se gestionan a través del fichero de personas de interés policial PERPOL.

La propia Sede Electrónica de la Policía Nacional dispone de un procedimiento específico para ejercer el derecho de supresión.

La solicitud debe identificar qué datos se pretende suprimir. No basta, por tanto, con presentar una petición genérica si existen varios antecedentes diferentes.

Además, Policía Nacional indica que, para suprimir un antecedente, debe aportarse el certificado judicial o administrativo que justifique la finalización definitiva correspondiente y que permita relacionar esa resolución con el atestado, fecha o lugar de la actuación policial que se quiere suprimir.

Por ejemplo, si unas diligencias penales terminaron mediante una resolución judicial firme, esa resolución puede resultar esencial para acreditar el desenlace del procedimiento.

La documentación concreta dependerá del caso.

¿Se puede hacer online?

Sí.

La Policía Nacional permite actualmente tramitar el derecho de supresión de antecedentes policiales de forma electrónica.

También puede presentarse presencialmente en dependencias y registros admitidos legalmente.

En la solicitud deben constar los datos necesarios para identificar correctamente a la persona y el antecedente cuya supresión se solicita.

Si se actúa mediante representante, también debe acreditarse la representación.

Por eso es recomendable preparar la documentación antes de iniciar el trámite, especialmente si las diligencias se produjeron hace años y hay que localizar la resolución judicial que las puso fin.

Cómo cancelar antecedentes policiales de la Guardia Civil

Si la actuación fue realizada por la Guardia Civil, el procedimiento es diferente.

La Guardia Civil gestiona antecedentes policiales en el fichero de interés policial denominado INTPOL y dispone de un procedimiento específico de acceso y supresión.

La información oficial puede consultarse en el trámite de acceso y supresión de antecedentes policiales de la Guardia Civil.

La solicitud puede referirse a una supresión total o parcial y debe identificar los antecedentes concretos afectados.

La Guardia Civil exige además aportar documentación justificativa relacionada con los datos cuya supresión se solicita.

Cuando se trata de hechos de naturaleza penal, puede ser necesario aportar certificación judicial relativa al estado del procedimiento, cumplimiento o exención correspondiente y firmeza de la resolución.

Si se trata de una actuación administrativa, la documentación deberá acreditar igualmente la situación definitiva de la sanción o responsabilidad correspondiente.

Policía Nacional y Guardia Civil tienen procedimientos distintos

Este punto genera bastante confusión.

No existe un único formulario universal que sirva necesariamente para todos los antecedentes policiales.

Policía Nacional gestiona el procedimiento de supresión sobre PERPOL, mientras que Guardia Civil dispone del procedimiento correspondiente sobre INTPOL.

Por eso, antes de intentar cancelar antecedentes policiales, conviene identificar qué cuerpo intervino en los hechos.

Si hubo actuaciones de diferentes cuerpos, puede ser necesario analizar qué datos existen y ante qué responsable debe ejercerse el derecho correspondiente.

Qué documentación puede hacer falta

La documentación varía según el origen del antecedente, pero normalmente hay dos cuestiones básicas que acreditar: quién solicita la supresión y qué ocurrió finalmente con el procedimiento que originó los datos.

En un caso penal puede ser necesario disponer de una resolución judicial firme que permita comprobar que el procedimiento terminó.

También debe identificarse correctamente el antecedente: fecha, atestado, lugar de la actuación o cualquier otro dato que permita localizarlo.

Policía Nacional indica expresamente que para solicitar la supresión debe aportarse la documentación judicial o administrativa que justifique la situación definitiva del antecedente.

Guardia Civil también exige documentación justificativa y concreta requisitos específicos según se trate de infracciones penales o administrativas.

Por ello, uno de los errores más frecuentes es presentar una solicitud sin acompañar la resolución necesaria.

¿Se pueden borrar si el procedimiento fue archivado?

Que un procedimiento haya sido archivado es un dato muy relevante para solicitar la supresión, pero conviene revisar qué resolución existe y si es firme o definitiva.

No basta con recordar que “la denuncia quedó en nada”.

Lo importante es poder acreditar documentalmente cómo terminó el procedimiento relacionado con el antecedente.

Por ejemplo, puede existir un auto de archivo o sobreseimiento cuya copia sea necesaria para acompañar la solicitud.

Por eso, si la investigación terminó hace tiempo y no conservas la resolución, puede ser necesario obtenerla antes de iniciar la solicitud de supresión.

¿Y si fui absuelto?

Una sentencia absolutoria también puede ser relevante para justificar la solicitud de supresión de los datos policiales asociados al procedimiento.

De nuevo, lo importante es aportar la resolución correspondiente y acreditar su firmeza cuando sea necesario.

No debe confundirse una absolución con la inexistencia automática de cualquier dato policial.

El tratamiento y la posterior supresión de esa información se rigen por la normativa de protección de datos aplicable y por el procedimiento correspondiente ante el cuerpo policial responsable.

Cuándo pueden denegar la supresión

Cancelar antecedentes policiales no es automático en todos los casos.

El artículo 24 de la Ley Orgánica 7/2021 permite restringir determinados derechos cuando resulte necesario y proporcionado, entre otras razones, para no obstaculizar investigaciones o procedimientos judiciales, proteger la seguridad pública o proteger los derechos de otras personas.

La Guardia Civil indica expresamente que puede denegarse la supresión, entre otros supuestos, cuando exista una instrucción judicial en curso, esté pendiente un juicio o recurso relacionado con los mismos hechos o concurran las circunstancias previstas en ese artículo 24.

Esto explica por qué no es posible solicitar la eliminación de datos de una investigación todavía abierta simplemente porque la persona interesada quiera que desaparezcan.

Primero hay que comprobar la situación real del procedimiento.

Cuánto tarda la cancelación de antecedentes policiales

La normativa establece plazos relativamente breves para resolver estas solicitudes.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 7/2021 establece que el responsable debe informar al interesado sobre el curso de su solicitud y que, si transcurre un mes sin resolución expresa y notificada, la solicitud se entiende desestimada.

La Policía Nacional indica igualmente que la solicitud de supresión en PERPOL se resolverá en un plazo máximo de un mes desde su recepción.

La Guardia Civil establece también un plazo de un mes para resolver la solicitud.

Esto no significa necesariamente que en un mes los datos vayan a desaparecer, sino que debe existir una respuesta a la solicitud conforme a las reglas aplicables.

¿Tengo que cancelar primero los antecedentes penales?

Depende de la situación concreta.

Los antecedentes policiales y penales son diferentes, pero pueden estar relacionados cuando la actuación policial terminó posteriormente en una condena.

Por ejemplo, la Guardia Civil incluye entre la documentación y comprobaciones de su procedimiento cuestiones relacionadas con la existencia de antecedentes penales y la situación de las penas.

Por eso no es aconsejable asumir que basta con presentar simultáneamente dos formularios.

Si existe una condena, primero hay que comprobar si los antecedentes penales pueden cancelarse conforme a los plazos del artículo 136 del Código Penal y qué documentación exige después el procedimiento policial correspondiente.

¿Qué pasa si solo hubo una denuncia?

Una denuncia no equivale a una condena.

Tampoco significa automáticamente que exista un antecedente penal.

Sin embargo, la denuncia puede haber dado lugar a diligencias y actuaciones policiales en las que se hayan tratado determinados datos.

Por eso, si quieres comprobar qué información consta después de una antigua denuncia, puede resultar útil ejercer primero el derecho de acceso.

En nuestro artículo sobre presentar una denuncia en comisaría explicamos qué ocurre durante la fase inicial y cómo se documentan los hechos denunciados.

Errores frecuentes al intentar borrar antecedentes policiales

El error más común es confundir antecedentes policiales con antecedentes penales.

Otro muy habitual es solicitar la supresión sin saber qué cuerpo policial realizó las diligencias.

También puede retrasar el procedimiento no aportar la resolución judicial correspondiente, no identificar suficientemente el antecedente o solicitar su supresión cuando la investigación todavía continúa.

En la práctica, antes de presentar nada conviene responder a cuatro preguntas sencillas:

¿Qué cuerpo policial intervino? ¿Qué actuación originó los datos? ¿Cómo terminó el procedimiento? ¿Tengo la resolución que lo acredita?

Con esas respuestas resulta mucho más sencillo determinar qué trámite debe utilizarse.

Cuándo acudir a un abogado

En muchos casos la solicitud puede tramitarse personalmente.

Sin embargo, puede ser útil contar con asesoramiento cuando no está claro qué antecedentes existen, hubo varios procedimientos, aparecen antecedentes penales asociados o la solicitud de supresión ya ha sido denegada.

También conviene revisar el caso cuando existen diligencias antiguas de las que no se conserva documentación o cuando no se sabe si el procedimiento judicial terminó definitivamente.

En Ampuero Blanco Abogados podemos analizar el origen de los datos, revisar la documentación y determinar qué actuación corresponde antes de solicitar su supresión. Si necesitas estudiar tu situación penal de forma individual, puedes consultar nuestro servicio de abogado penalista.

Conclusión

Cancelar antecedentes policiales significa, jurídicamente, ejercer el derecho de supresión de determinados datos que constan en ficheros policiales.

No es lo mismo que cancelar antecedentes penales y tampoco existe un único procedimiento para todos los cuerpos policiales.

Policía Nacional gestiona este derecho sobre PERPOL, mientras que Guardia Civil dispone de su procedimiento para INTPOL.

Antes de solicitar la supresión, conviene identificar qué actuación originó los datos, comprobar cómo terminó el procedimiento y reunir la resolución judicial o administrativa que permita acreditarlo.

Si no sabes exactamente qué información consta, el derecho de acceso puede ser un buen primer paso antes de solicitar la supresión.

FAQs

¿Qué son los antecedentes policiales?

Son datos tratados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad relacionados con determinadas actuaciones policiales. No deben confundirse con los antecedentes penales derivados de una condena firme.

¿Se pueden cancelar los antecedentes policiales?

Sí, puede solicitarse su supresión cuando se cumplen los requisitos legales. La solicitud debe dirigirse al responsable del fichero correspondiente y acompañarse de la documentación necesaria.

¿Cómo puedo saber si tengo antecedentes policiales?

Puede ejercerse el derecho de acceso previsto en el artículo 22 de la Ley Orgánica 7/2021 para conocer si se están tratando datos personales relacionados contigo.

¿Es lo mismo cancelar antecedentes policiales que antecedentes penales?

No. Los antecedentes penales derivan de condenas firmes y su cancelación está regulada, entre otros preceptos, por el artículo 136 del Código Penal. Los antecedentes policiales corresponden a tratamientos de datos policiales y tienen un procedimiento diferente.

¿Puedo borrar antecedentes policiales si el caso fue archivado?

El archivo puede ser relevante para solicitar la supresión, pero debe comprobarse la resolución existente y aportar la documentación que acredite cómo terminó el procedimiento.

¿Dónde se cancelan los antecedentes policiales?

Depende del cuerpo que gestione los datos. Policía Nacional dispone del procedimiento de supresión en PERPOL y Guardia Civil del procedimiento correspondiente sobre INTPOL.

¿Cuánto tarda la supresión de antecedentes policiales?

Policía Nacional y Guardia Civil indican un plazo de un mes para resolver la solicitud de supresión, de acuerdo con la normativa aplicable.

¿Necesito abogado para cancelar antecedentes policiales?

No siempre. Puede ser recomendable cuando existen varios antecedentes, una condena asociada, falta documentación, no se sabe qué cuerpo gestiona los datos o una solicitud anterior ha sido denegada.

Autoría y revisión:
Artículo elaborado por el equipo editorial de Ampuero Blanco Abogados y revisado por Alberto Ampuero Blanco, abogado colegiado del ICAM nº 139.364.
La información contenida en este artículo tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado.

Ampuero Blanco Abogados
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