Herencia sin testamento: quién hereda y qué pasos hay que seguir

Herencia sin testamento con declaración de herederos, Código Civil y vivienda familiar

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Una herencia sin testamento puede generar muchas dudas en la familia: quién tiene derecho a heredar, qué ocurre con el cónyuge viudo, cómo se reparten los bienes o qué documentos hacen falta para iniciar los trámites. Cuando una persona fallece sin testamento, la ley establece el orden de herederos, pero antes de repartir la herencia es necesario realizar la declaración de herederos.

Qué es una herencia sin testamento

Una herencia sin testamento se produce cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento válido, o cuando el testamento existente no puede producir efectos en todo o en parte. En estos casos, no desaparece la herencia ni quedan los bienes “sin dueño”: lo que ocurre es que la ley determina quiénes son los herederos.

Este tipo de sucesión se conoce como sucesión intestada o abintestato. En Derecho civil común, el Código Civil establece cuándo procede la sucesión legítima y cuál es el orden de llamamiento de los familiares.

Para una visión general del proceso sucesorio, puedes consultar también nuestra guía sobre herencias y sucesiones.

Cuándo se considera que una persona ha fallecido sin testamento

No basta con que la familia “no encuentre” el testamento. Para saber si existe o no, hay que solicitar el certificado de últimas voluntades. Este documento permite comprobar si la persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario.

Puede haber herencia sin testamento en varios supuestos:

  • La persona fallecida nunca hizo testamento.
  • El testamento fue declarado nulo.
  • El testamento no contiene institución de heredero para todos los bienes.
  • El heredero nombrado no puede o no quiere heredar.
  • El testamento no dispone de todos los bienes.
  • La institución de heredero resulta ineficaz por alguna causa legal.

Por eso, antes de iniciar el reparto, hay que confirmar documentalmente si existe testamento y si realmente procede abrir la sucesión intestada.

Quién hereda si no hay testamento

En una herencia sin testamento, el orden de herederos no lo decide la familia, sino la ley. En Derecho civil común, el llamamiento se realiza por líneas familiares y con preferencia de unos parientes sobre otros.

De forma simplificada, el orden habitual es:

  1. Hijos y descendientes.
  2. Padres y ascendientes.
  3. Cónyuge viudo.
  4. Hermanos, sobrinos y otros parientes colaterales.
  5. El Estado, si no existen parientes con derecho a heredar.

Este orden puede tener matices importantes. Además, en territorios con Derecho civil propio pueden existir especialidades, por lo que siempre conviene revisar qué legislación resulta aplicable al caso.

Herencia sin testamento con hijos

Cuando hay hijos o descendientes, estos son los llamados preferentemente a heredar. Si todos los hijos viven, heredan por partes iguales. Si alguno de los hijos ha fallecido antes, sus propios descendientes pueden ocupar su lugar conforme a las reglas de representación.

Por ejemplo, si una persona fallece dejando tres hijos, lo habitual es que los tres hereden por partes iguales. Si uno de esos hijos murió antes, pero dejó hijos, estos nietos podrían heredar la parte que habría correspondido a su progenitor.

En una herencia sin testamento con hijos, el cónyuge viudo no debe ignorarse. Aunque los hijos sean herederos, el cónyuge puede tener derechos legitimarios en forma de usufructo, especialmente sobre una parte de la herencia.

Qué derechos tiene el cónyuge viudo

El papel del cónyuge viudo en una herencia sin testamento depende de con quién concurra.

Si existen hijos o descendientes, el cónyuge viudo puede tener derecho al usufructo del tercio destinado a mejora. Esto significa que los hijos pueden ser herederos, pero el viudo o viuda conserva un derecho de uso o disfrute sobre una parte de la herencia.

Si no hay hijos ni descendientes, pero sí padres o ascendientes del fallecido, el cónyuge viudo tiene una posición distinta y puede concurrir con ellos. Si no existen descendientes ni ascendientes, el cónyuge puede ser llamado con preferencia frente a otros parientes colaterales.

Este punto suele generar conflictos familiares, especialmente cuando la vivienda familiar es el principal bien de la herencia o cuando hay hijos de anteriores relaciones. Por eso conviene revisar bien la situación antes de firmar una partición.

Qué pasa si no hay hijos

Si una persona fallece sin hijos ni descendientes, la herencia no pasa automáticamente a hermanos, sobrinos o primos. Primero hay que comprobar si viven los padres o ascendientes del fallecido.

En Derecho civil común, si no hay descendientes, heredan los ascendientes. Si viven el padre y la madre, heredan por partes iguales. Si solo vive uno de ellos, heredará ese progenitor.

Si tampoco hay padres ni otros ascendientes, habrá que analizar si existe cónyuge viudo. Solo después, si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge con derecho, se abre el llamamiento a hermanos, sobrinos y otros parientes colaterales conforme al orden legal.

Herencia sin testamento entre hermanos y sobrinos

Cuando no hay hijos, padres, ascendientes ni cónyuge viudo, pueden ser llamados a heredar los hermanos y, en determinados casos, los sobrinos.

Este supuesto suele ser más complejo de lo que parece. Puede haber hermanos de doble vínculo, medio hermanos, sobrinos que heredan por representación, familiares que viven en distintos lugares o incluso dudas sobre quiénes tienen mejor derecho.

En una herencia sin testamento entre hermanos y sobrinos, es especialmente importante documentar bien el parentesco. No basta con decir que alguien “era como un hermano” o que tenía una relación cercana con el fallecido: la sucesión intestada exige acreditar el vínculo familiar conforme a la ley.

Qué es la declaración de herederos

La declaración de herederos abintestato es el documento que permite determinar quiénes son los herederos de una persona fallecida sin testamento y en qué proporción lo son. El Consejo General del Notariado la define como un documento público que permite identificar, conforme a la legislación civil aplicable, quiénes son los herederos de quien falleció sin testamento.

Este trámite no reparte por sí solo los bienes. Lo que hace es declarar quién tiene derecho a heredar. Después habrá que aceptar la herencia, valorar bienes y deudas, liquidar impuestos y, si procede, firmar la adjudicación.

Dicho de forma práctica: en una herencia sin testamento, primero hay que saber quiénes son los herederos; después se podrá repartir la herencia.

Dónde se hace la declaración de herederos

La declaración de herederos abintestato se tramita ante notario. La Ley del Notariado regula las actas de notoriedad para la declaración de herederos abintestato y exige acreditar, entre otras cuestiones, el fallecimiento del causante, la inexistencia de título sucesorio y el parentesco de las personas que se consideren llamadas a la herencia.

En términos prácticos, puede acudirse a un notario competente por el lugar de residencia habitual del fallecido, el lugar donde tenga la mayor parte de su patrimonio, el lugar de fallecimiento o un distrito colindante, conforme a los criterios legalmente previstos.

Este trámite suele requerir documentación y testigos, por lo que conviene prepararlo bien antes de acudir a notaría.

Documentos necesarios para una herencia sin testamento

Aunque cada caso puede requerir documentación adicional, para tramitar una herencia sin testamento suelen necesitarse los siguientes documentos:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
  • DNI o documentación identificativa del fallecido.
  • Libro de familia o certificados del Registro Civil que acrediten parentesco.
  • Certificados de nacimiento, matrimonio o defunción de familiares relevantes.
  • Certificado de empadronamiento, si es necesario para acreditar domicilio.
  • Escrituras de inmuebles.
  • Notas simples registrales.
  • Datos bancarios, recibos, préstamos o documentación patrimonial.
  • Identificación de los posibles herederos.
  • Testigos, cuando proceda en la declaración de herederos.

Una buena recopilación documental evita retrasos, errores en la declaración y conflictos posteriores entre familiares.

Pasos para tramitar una herencia sin testamento

El proceso puede variar según el caso, pero normalmente sigue estas fases:

1. Obtener certificados básicos

El primer paso es solicitar el certificado de defunción y, transcurrido el plazo legal correspondiente, el certificado de últimas voluntades. Este último es esencial para confirmar si existe o no testamento.

2. Comprobar si procede la sucesión intestada

Si no hay testamento, o si el testamento no permite ordenar toda la herencia, habrá que valorar si procede la declaración de herederos abintestato.

3. Preparar la documentación familiar

Hay que acreditar el parentesco de quienes se consideran herederos. Esto puede requerir certificados literales de nacimiento, matrimonio o defunción, especialmente cuando hay generaciones intermedias fallecidas.

4. Tramitar la declaración de herederos

El notario autorizará el acta de declaración de herederos si queda acreditado quiénes son las personas con derecho a heredar.

5. Aceptar o renunciar la herencia

Una vez determinados los herederos, cada uno deberá valorar si acepta la herencia, si la acepta a beneficio de inventario o si renuncia. Si tienes dudas sobre este punto, puedes ampliar información en nuestro artículo sobre aceptar o renunciar una herencia.

6. Liquidar impuestos

Los herederos deben atender las obligaciones fiscales correspondientes, como el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y, si hay inmuebles urbanos, la plusvalía municipal cuando proceda.

7. Repartir y adjudicar los bienes

Finalmente, habrá que valorar los bienes, acordar la partición y formalizar la adjudicación. Si hay inmuebles, será necesario llevar la escritura al Registro de la Propiedad para inscribir los cambios de titularidad.

¿Se puede repartir una herencia sin declaración de herederos?

En una herencia sin testamento, la declaración de herederos es necesaria para acreditar quiénes tienen derecho a heredar. Sin ese documento, no se puede cerrar correctamente la sucesión ni adjudicar bienes con seguridad jurídica.

Esto es especialmente importante cuando hay inmuebles, cuentas bancarias, seguros, vehículos o bienes que exigen acreditar formalmente la condición de heredero.

Intentar repartir bienes de palabra, retirar dinero sin acreditar derechos o firmar acuerdos informales puede generar problemas posteriores, especialmente si aparecen otros familiares con mejor derecho o si hay desacuerdo entre los llamados a la herencia.

Qué ocurre si aparece un testamento después

Aunque no es lo más habitual, puede ocurrir que la familia crea que no hay testamento y después aparezca información que indique lo contrario. Por eso el certificado de últimas voluntades es imprescindible.

Si aparece un testamento válido, habrá que revisar su contenido y comprobar si cambia el orden de herederos o la distribución de bienes. Si el testamento es válido y eficaz, la sucesión dejará de tramitarse como puramente intestada, salvo en aquellos aspectos que no estén cubiertos o en supuestos concretos de ineficacia.

También puede haber conflictos si el testamento aparece tarde, si se discute su validez o si algún heredero considera que perjudica sus derechos legitimarios.

Qué pasa si los herederos no se ponen de acuerdo

La declaración de herederos solo determina quiénes heredan. No garantiza que después exista acuerdo sobre el reparto.

Los conflictos más frecuentes en una herencia sin testamento suelen aparecer cuando:

  • Un heredero no quiere firmar.
  • Hay desacuerdo sobre el valor de los bienes.
  • Uno de los herederos usa una vivienda heredada en exclusiva.
  • Existen deudas o gastos pendientes.
  • Hay bienes indivisibles, como una vivienda.
  • Algunos herederos quieren vender y otros no.
  • Se discute quién debe pagar determinados gastos.
  • Faltan documentos o hay dudas sobre el patrimonio real.

Si el problema está en la fase de reparto, puede ser útil revisar nuestro contenido sobre errores comunes al repartir una herencia.

Errores frecuentes en una herencia sin testamento

Estos son algunos errores habituales:

  • Pensar que, al no haber testamento, la herencia se pierde.
  • Repartir bienes sin tramitar la declaración de herederos.
  • Confundir ser familiar cercano con tener derecho automático a heredar.
  • Ignorar los derechos del cónyuge viudo.
  • No pedir el certificado de últimas voluntades.
  • No acreditar correctamente el parentesco.
  • Olvidar impuestos y plazos.
  • Retirar dinero de cuentas sin autorización suficiente.
  • Firmar acuerdos familiares sin asesoramiento.
  • No valorar deudas, cargas o gastos de la herencia.

La falta de testamento no impide heredar, pero exige seguir un procedimiento ordenado.

Cuándo conviene acudir a un abogado de herencias

Conviene consultar con un abogado si existe cualquiera de estas situaciones:

  • El fallecido no dejó testamento.
  • Hay dudas sobre quiénes son los herederos.
  • Existen hijos de distintas relaciones.
  • Hay cónyuge viudo y descendientes.
  • Hay hermanos, sobrinos u otros parientes implicados.
  • La herencia incluye inmuebles.
  • Hay desacuerdo entre familiares.
  • Existen deudas o cargas.
  • Algún heredero no quiere firmar.
  • No se sabe qué documentación presentar ante notario.

Un abogado de herencias puede ayudarte a identificar quién tiene derecho a heredar, preparar la declaración de herederos, revisar la documentación y evitar errores en la aceptación, liquidación y reparto.

Conclusión

Una herencia sin testamento no significa que los bienes queden bloqueados ni que la familia pueda repartirlos libremente. La ley establece quiénes son los herederos, pero para actuar con seguridad es necesario tramitar la declaración de herederos abintestato y seguir después los pasos de aceptación, liquidación y partición.

La clave está en confirmar que no existe testamento, acreditar bien el parentesco, identificar a todos los llamados a la herencia y evitar acuerdos informales que puedan generar conflictos.

En Ampuero Blanco Abogados podemos ayudarte a tramitar una herencia sin testamento, preparar la documentación necesaria y defender tus derechos como heredero.

¿Qué pasa si una persona muere sin testamento?

Si una persona muere sin testamento, se abre la sucesión intestada o abintestato. En ese caso, la ley determina quiénes son los herederos y en qué orden deben ser llamados.

¿Quién hereda primero en una herencia sin testamento?

En Derecho civil común, heredan primero los hijos y descendientes. Si no existen, se llama a padres y ascendientes; después al cónyuge viudo; posteriormente a hermanos, sobrinos y otros parientes colaterales; y, en último lugar, al Estado.

¿El cónyuge viudo hereda si no hay testamento?

Depende de con quién concurra. Si hay hijos, el cónyuge viudo puede tener derecho al usufructo de una parte de la herencia. Si no hay descendientes ni ascendientes, puede ser llamado a heredar con preferencia frente a otros parientes.

¿Qué es la declaración de herederos?

La declaración de herederos abintestato es el documento público que determina quiénes son los herederos de una persona fallecida sin testamento y en qué proporción lo son.

¿Dónde se hace la declaración de herederos?

La declaración de herederos se tramita ante notario, conforme a los criterios de competencia previstos legalmente, como el lugar de residencia habitual del fallecido, el lugar donde tenga la mayor parte de su patrimonio o el lugar de fallecimiento.

¿Se puede repartir una herencia sin declaración de herederos?

En una herencia sin testamento, la declaración de herederos es necesaria para acreditar quién tiene derecho a heredar. Sin ella, no es recomendable repartir bienes ni adjudicar inmuebles.

¿Qué documentos hacen falta para una herencia sin testamento?

Suelen necesitarse certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, documentación que acredite el parentesco, documentos de identidad, certificados del Registro Civil, escrituras de inmuebles, notas simples y documentación patrimonial.

¿Necesito abogado para una herencia sin testamento?

No siempre es obligatorio, pero sí recomendable cuando hay varios herederos, inmuebles, deudas, cónyuge viudo, hijos de distintas relaciones o desacuerdo familiar.

Autoría y revisión:
Artículo elaborado por el equipo editorial de Ampuero Blanco Abogados y revisado por Alberto Ampuero Blanco, abogado colegiado del ICAM nº 139.364.
La información contenida en este artículo tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado.

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